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Circular Ord. N° 148, de 2010. Aplicación del artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y artículo 2.1.29 de la OGUC, sobre centrales de generación eléctrica eólica, a emplazar en el área rural

Detalles Bibliográficos
Autor Corporativo: Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Chile. División de Desarrollo Urbano
Publicado: Chile, Santiago , 2010
Materias:
ZONAS RURALES
USO DEL SUELO
CHILE
CIRCULARES
CIRCULARES DDU ESPECIFICAS
DDU ESPECIFICA 3 2010
CENTRALES ELECTRICAS
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Ejemplares similares

  • Circular Ord. N° 148, de 2010. Aplicación del artí­culo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y artí­culo 2.1.29 de la OGUC, sobre centrales de generación eléctrica eólica, a emplazar en el área rural
    Publicado: (2010)
  • Circular Ord. N° 092 de 2011. Aplicación del artículo 2.1.21. de la OGUC.
    Publicado: (2011)
  • Circular Ord. N° 092 de 2011. Aplicación del artí­culo 2.1.21. de la OGUC.
    Publicado: (2011)
  • Circular Ord. N° 85, de 2008. Aplicación del artículo 63 de la LGUC en casos que el PRC establece densidades máximas
    Publicado: (2008)
  • Circular Ord. N° 85, de 2008. Aplicación del artí­culo 63 de la LGUC en casos que el PRC establece densidades máximas
    Publicado: (2008)

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