Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Chile. División de Desarrollo Urbano. (2010). Circular Ord. N° 182, de 2010. Aplicación de artículo 3.1.3 de la OGUC, en relación al alcance del concepto porpietario en el caso de subdivisión y fusión simultánea de terrenos.
Cita Chicago Style (17a ed.)Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Chile. División de Desarrollo Urbano. Circular Ord. N° 182, De 2010. Aplicación De Artículo 3.1.3 De La OGUC, En Relación Al Alcance Del Concepto Porpietario En El Caso De Subdivisión Y Fusión Simultánea De Terrenos. Chile, Santiago, 2010.
Cita MLA (9a ed.)Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Chile. División de Desarrollo Urbano. Circular Ord. N° 182, De 2010. Aplicación De Artículo 3.1.3 De La OGUC, En Relación Al Alcance Del Concepto Porpietario En El Caso De Subdivisión Y Fusión Simultánea De Terrenos. 2010.