Circular Ord. N° 85, de 2008. Aplicación del artí­culo 63 de la LGUC en casos que el PRC establece densidades máximas

Detalles Bibliográficos
Autor Corporativo: Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Chile. División de Desarrollo Urbano
Publicado: Chile, Santiago , 2008
Materias:

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