Circular Ord. Nº 90, de 6 de abril de 2004. Aplicación del artículo 6.3.3. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Condiciones mínimas de urbanización de conjuntos de viviendas en el área rural

Detalles Bibliográficos
Autor Corporativo: Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Chile. División de Desarrollo Urbano
Publicado: Chile, Santiago , 2004, abril
Materias: