Circular Ord. N° 667, de 2009. Aplicación del art. 2.13. de la OGUC, sobre facultad de planes reguladores intercomunales y comunales, de establecer en los territorios no planificados , disposiciones transitorias con carácter de supletoria.

Detalles Bibliográficos
Autor Corporativo: Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Chile. División de Desarrollo Urbano
Publicado: Chile, Santiago , 2009
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